Derecho de familia – Cathedra Juridica

Prólogo a la segunda edición

No nos semeja aventurado asegurar que el Derecho de Familia fué la materia mucho más impactada por la sanción del Código Civil y Comercial que nos actúa desde el mes de agosto de 2015.

Todos sus institutos fue repensado por el legislador desde las corrientes doctrinarias y jurisprudenciales que brotaron como contestación a las novedosas realidades familiares. Por otra parte, la relevancia de las Convenciones De todo el mundo de Derechos Humanos con jerarquía constitucional, forzó a diseñar reglas que resultaran concordantes con sus principios.

Es tal como estamos con materias que se abordan desde un nuevo sentido. Comentamos solo ciertos ejemplos. La “patria potestad” se transforma en este momento en “compromiso parental”, la “tenencia” pasa a ser concebida como “precaución personal”, la “incapacidad” de los menores y su necesidad de representación empieza a alimentarse por el principio de “autonomía progresiva”, el antes imperativo régimen económico familiar del matrimonio se abre a la oportunidad de un sistema de separación de recursos, el divorcio no se dictamina basado en culpabilidades sino más bien por la sola intención de alguno de los contrayentes.

Por otra parte, se integran institutos noticiosos, ausentes en nuestra previo regulación. Asimismo por nombrar ciertos ejemplos tenemos la posibilidad de refererir la intención procreacional como fuente de filiación, la iniciativa y el convenio regulador en el marco del divorcio, el régimen familiar primario en las relaciones de pareja, una regulación integral de las uniones convivenciales, la figura de la compensación económica, el otorgamiento de derechos y deberes al progenitor similar.

A todo lo mencionado, se aúnan vacíos normativos en cuestiones que se muestran en las novedosas construcciones familiares y que no hallan un entorno normativo que ofrezca respuestas, como las situaciones de maternidad subrogada y la filiación articulo mortem.

Resumiendo. Si comprendemos que los institutos tradicionales fueron repensados desde una exclusiva concepción, que se aúnan figuras jurídicas recientes que comienzan a confrontarse con las situaciones particulares y que hay cuestiones que no hallan una regulación concreta; debemos acabar que el desarrollo normativo no terminó con la sanción del nuevo Código, sino la regla se prosigue creando desde su confrontación con la verdad de los individuos y familias de este país.

¿Por qué razón entonces una segunda edición?

Por el hecho de que mucho más que jamás resulta preciso actualizar todas las materias que conforman este libro. Como expresamos, la regla está viva, moldeándose en el acercamiento con las situaciones particulares.

Los operadores jurídicos nos encontramos aprendiendo a aplicarla y conociendo su pertinencia o inconveniencia en la resolución de los enfrentamientos familiares reales y específicos. En este sendero se muestran ocasiones inopinadas que nos requieren repensar la ley y, singularmente, nos fuerzan a comprobar nuestras situaciones y opiniones.

Un nuevo fallo, una solicitud profesional, una pregunta de esas que descolocan y retan en una clase de nivel o estudio, la preparación de una charla, la elaboración de una nota a fallo, la lectura de un libro o producto de doctrina reciente, la contrastación con las noticias legislativas y jurisprudenciales en el Derecho Relacionado; todos estos fueron los motores que me forzaron a estudiar de nuevo todos los institutos de nuestro Derecho de Familia. El material de ese trabajo está volcado en esta edición nueva.

Incorporamos entonces la doctrina y jurisprudencia mucho más actualizada.

Sumamos mucho más de cien novedosas citas bibliográficas en tal sentido, recogiendo todos y cada uno de los errores trascendentes que se han anunciado a lo largo de estos últimos un par de años. Los principios jurisprudenciales aquí son enlazados con los hechos que les dan sustento y que nos dejarán comprender, o criticar, sus conclusiones.

En esta edición se añaden asimismo las novedosas medites que nos crea este novel Código, que nos reta a sostener nuestras psiques atentas y abiertas.

Habitualmente les digo a mis estudiantes que cuanto mucho más estudio algún tema, mucho más inquietudes tengo. Como es natural que no les estoy diciendo que el estudio crea ignorancia. Todo lo opuesto. Lo que tiende a suceder es que cuanto mucho más conocemos alguna materia y examinamos sus probables cambiantes, implicancias y ramificaciones, se muestran en nosotros inquietudes que indudablemente no teníamos al empezar el análisis. Las probables respuestas que vamos encontrando, abren por su parte nuevos problemas en una lógica circular que nos ordena a replantearnos nuestro punto de inicio.

Este libro, más allá de que tiene dentro todas y cada una de las materias que hacen al Derecho de Familia, no quiere ser un compendio de respuestas definitivos en todos los temas por los que atraviesa.

El propósito aquí es abrir un espacio para la reflexión, para el planteo de inquietudes, para incentivarnos a continuar aprendiendo esta materia tan inabarcable como emocionante.

Si algo de eso se logró, nos encontramos mucho más que satisfechos.

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