Derecho constitucional – Cathedra Juridica

Prólogo y medites

Es un exitación y un honroso cometido prologar la obra de Derecho Constitucional del apreciado instructor de esta materia, Félix V.

Lonigro, cuya laboriosidad y talento lo hacen acreedor a un justo reconocimiento por los méritos que acredita este aporte a la enseñanza de una especialidad tan entroncada con la precisa instrucción civil del pueblo por norma general, y del derecho público entre los alumnos y abogados particularmente. Son contenidos formativos. Esta significación ―que en este momento resalto― permite para ingresar en el elogio del libro de Lonigro varias deducciones sobre el “agregado” de relevancia que la educación del Derecho Constitucional recubre en un país como el nuestro, que convive frecuentemente con la crisis y el decaimiento institucional. Permítaseme emprender el tema, en busca de los servicios que esta obra va a haber de prestar a los estudiantes, a los enseñantes y a la ciudadanía argentina. Observemos, ya que.

El país, la República Argentina, vive bajo un estado de anomia: fué proclamado en estado de anomia. Esto significa que los marcos de referencia legales, jurídicos y, por qué razón no decir, asimismo éticos y morales, se han flexibilizado hasta tal punto que, de todos modos, por el momento no hay certidumbres; es lo que ciertos psicólogos llaman “la quiebra de las certezas”.

Charlar de anomia es formidablemente duro, es verdaderamente bien difícil.

seguramente las causas se remonten a muchas décadas, a varios periodos lejanos ahora en el tiempo, tal es así que no tienen un creador responsable, sino hay una compromiso colectiva, socialmente compartida, en ocasiones por permiso y en otras ocasiones por indiferencia; y lo que sí se aprecia es que esa anomia se acentúa con la carencia de autoridad.

En la Argentina tuvimos ejemplos muy instructivos sobre lo que fué el enriquecimiento cultural por norma general y del Derecho Constitucional y la Instrucción Civil particularmente. Empezando por Bernardino Rivadavia: de él se frecuenta asegurar que todos y cada uno de los argentinos, desde el acto de su nacimiento hasta el acto de su muerte, van recorriendo consecutivamente por instituciones construídas o pergeñadas por Bernardino Rivadavia, entre ellas, muchas enlazadas con la educación y con la enseñanza de las instituciones constitucionales, a la que nos marchamos a referir particularmente.

Otro de los enormes organizadores fue Justo José de Urquiza, que siendo gobernador de la provincia de Entre Ríos puso especial empeño y lo tomó como una auténtica política de Estado: el plan de estudios del popular instituto de Concepción de Uruguay. Ese instituto modelo, que sirvió verdaderamente para la capacitación de muchas generaciones, incluía el Derecho Constitucional como una enseñanza de carácter escencial.

Se mantiene que Santiago Derqui, que fuera el infortunado sustituto de Urquiza en la vivienda, dio enseñanzas constitucionales en los claustros cordobeses usando la obra de Constant.

Mitre, otro de los enormes presidentes, el primero de la unidad nacional y del país consolidado, redactó de su puño y letra un artículo de enseñanza ética, que podríamos decir que es el capítulo propedéutico de cualquier manual de Instrucción Civil o de cualquier artículo de Derecho Constitucional. Es el Manual de Enseñanza Ética que lo emparenta de forma directa con Echeverría, en su pensamiento y en su ideario. Se encontraba designado a la capacitación de la juventud en el cariño hacia las instituciones, a las reglas del juego, a eso que era o lo que había de ser una manera civilizada y letrada de la vida civil y política de los argentinos.

Evidentemente, no puede estar ausente de esta nómina Domingo Faustino Sarmiento, quien dedicó su historia entera a esto y que con 2 expresiones sintetiza el ideario en el momento en que redacta su libro: Educación Habitual. Él no era extraño a otras intranquilidades mucho más cercanas a la Instrucción Civil. Por ahora, fue el primer instructor de Derecho Constitucional de la Facultad de Buenos Aires y el primer comentarista de la Constitución Nacional; por ser el creador de una obra que se llamó, exactamente, Comentarios a la Constitución Nacional de 1853, bastante crítica, pues él, al fin y al cabo, fue entre los que mucho más propugnó en 1860 por su reforma. Si la meta es la capacitación de la gente, la capacitación de ciudadanos que conozcan las instituciones, que sepan cuáles son sus derechos, los logren ejercer y demanden que las instituciones respeten esos derechos, la obra de Sarmiento está absolutamente inspirada en semejantes objetivos.

Y después, Avellaneda, el acólito dilecto de Sarmiento, el presidente joven, el presidente refulgente, el presidente al que Sarmiento ―en parte importante― le debió la faz operativa de la realización de su obra educacional que completa desde la Presidencia de la República; y que tampoco tiene ninguna hesitación y no siente ningún menoscabo en pasar de la Presidencia al Rectorado de la Facultad. Mucho más aún, en un instante ha dicho: “Fuí ascendido a rector de la Facultad”.

En esta recordación, no tenemos la posibilidad de olvidar el encendido verbo y los contenidos escritos de José Manuel Estrada. Llegamos entonces a alguien que no fue presidente, si bien ha podido haberlo sido, y que verdaderamente hace el primer aporte particularmente designado a la Instrucción Civil y al Derecho Constitucional en las Facultades de este país, que es el glorioso Joaquín V. González. Este riojano destacable, este hombre multifacético, este verdadero humanista, redacta su popular Manual de la Constitución al filo del fin del siglo XIX. Hasta ese instante se habían escrito ahora múltiples proyectos, pero no tenían el destino propio, sencillo, que se ha propuesto Joaquín V. González de cubrir la enseñanza en un país que había tenido poco apego a las instituciones.

Naturalmente, como todos y cada uno de los enormes hombres de esa jerarquía, está entre aquéllos que no tuvo la posibilidad de entrar a la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Sin embargo, fue entre los mucho más enormes defensores de la Constitución y de todas y cada una de las instituciones, desde todas las otras trincheras y desde todos los otros sitios de combate que se le brindaron.

En algún momento don Alfredo Orgaz, presidente de la Corte Suprema de Justicia, nos mencionó que en el momento en que uno busca la solución a un inconveniente preciso en materia institucional, lo destacado y lo mucho más veloz que puede llevar a cabo es ir al Manual de Joaquín V. González.

La investigación, que es la clave de bóveda en el avance de un país, la hemos descuidado, la hemos descuidado. Un país que deja la investigación es un país que deja ―entre otras muchas cosas― el perfeccionamiento, ya que la investigación busca la realidad y el no avalarla es una manera de demorar el hallazgo de las novedosas verdades, entre las que la realidad sobre la salud o el malestar de las instituciones es el marco en el como se desenvuelve el resto de la creación del pensamiento.

Esa falta de investigación ha repercutido asimismo en el Derecho Constitucional. La tan citada dependencia a la que muchos ideólogos hegelianos han aludido con desprecio, fué entre las supremas contradicciones. Fueron ellos los que mucho más quebrantaron las instituciones destinadas a hacer investigación, los que mucho más socavaron, los que mucho más le sacaron no solo los elementos materiales sino más bien la “independencia autora” ―como afirmaría Alejandro Korn―, esto es el espíritu, el campo, la atmósfera de creación y más que nada ese substratum,

ese piso de seguridad y de seguridad que es primordial de cara al desarrollo de la labor investigativa.

La Argentina es una lágrima, pero no es una lágrima aguada, es una lágrima de sangre para esos a los que nos duelen las instituciones, ya que las enseñanzas elementales no fueron consecutivas.

Varios nos han advertido, desde hace cierto tiempo, que no debíamos desatender estos temas y sus contenidos, pues en el respeto a las instituciones se encontraba la división entre la civilización y la barbarie; o se vive sobre el carril de las instituciones, o domina la “ley de la selva”; y frecuentemente ha reinado y hicimos la apología de la ley de la jungla o del parque jurásico.

El día de hoy vivimos bajo la predominación deplorable del “cholulismo” mediático. Los enormes lemas fueron invertidos. Lo esencial es establecer nuevamente la estabilidad entre los deberes y los derechos, y el igual acatamiento de mandatarios y regidos frente a la ley. La ciudadanía está sumida en la acromatopsia, o sea en el daltonismo, en la confusión de los colores. El “todo vale” de los chicos es acromatopsia para los enormes: todos y cada uno de los colores son iguales, todo nos semeja igual por el hecho de que es mucho más de lo mismo (micronesia).

Si nos dejamos llevar por el pesimismo, creeremos que cada vez es, no “mucho más de lo mismo”, sino más bien “peor de lo mismo”. O sea, que los escenarios de decaimiento cualitativo van in crescendo.

Al fin y al cabo, habitamos una sociedad donde la nota característica no es una plena constitucionalidad, sino más bien la hipocresía anticívica.

Pero el optimismo se vivifica y nos energiza en el momento en que leemos una obra como la que en este momento nos da el Dr. Félix V. Lonigro. Este artículo de derecho constitucional responde y se compadece con las mejores tradiciones de la literatura jurídica argentina en esta materia. Responde a un plan y a un programa, aplica una seria metodología en el avance de los temas; asiste a los enormes “principios” que alumbró la era constitucional, realizando con método didáctico el mucho más claro desenvolvimiento de cada unidad conceptual.

No hay improvisación en ello, por cuanto Lonigro acredita una sólida experiencia enseñante y es un disciplinado estudioso y estudioso de la materia que enseña con aptitud, con vocación y con dedicación. No es necesario relatar su currículo, ya que la “hoja de vida” de este joven por el momento no es promesa, sino más bien situación. Abrigamos la certeza de que su “guía de ruta” lo proyectará en el chato de la trayectoria universitaria realizando servir sus condiciones de sinceridad, convicción, sensatez y perseverancia, que están indisolublemente unidas al destino del éxito profesional y académico. ¡Que de esta forma sea!

Jorge R. Vanossi

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